ANÁLISIS VICTIMOLÓGICO DE LA PELÍCULA "EL NIÑO DE BARRO"Extracto del capítulo correspondiente en el libro “Victimología y los menores víctimas en la cinematografía”, Iuris Universal Ediciones, Primera edición. ISBN: 978-84-941878-4-1, España, 2014.
Licenciada en Psicología y Perito en Psicología Forense: Clarissa Danira Velázquez Romero
Doctor en Derecho Penal Juan Antonio Maruri JIménez
Tepic, Nayarit, México.
RESUMEN
En la obra
cinematográfica “El niño de barro” encontramos
la existencia de diversas conductas antisociales tales como asesinatos,
violación sexual, pornografía infantil y robo; respecto de la etiología
criminal -al asomarnos un poco a los
estilos de vida y relación entre los personajes-, recordemos que tanto el
victimario como la víctima le deben su razón de ser a los factores
bio-psico-sociales que los rodean a lo largo de su desarrollo; vemos también
perfiles victimales diversos y el proceder de un asesino en serie que inició su
carrera criminal a muy corta edad y que fue quien inspiró esta producción que nos
ilustra con el caso de Cayetano Santos Godino (representado por Abel Ayala), que en 1912 aterrorizó a toda
Argentina al cometer 4 asesinatos, 7 intentos de homicidio y varios intentos de
incendiar edificios, contando con tan solo 16 años edad que fue cuando asesinó
a su última víctima.
Mateo (Juan Ciancio),
el personaje principal de la cinta cinematográfica, es el sobreviviente de un
ataque de Cayetano años atrás, es por eso que tiene una conexión con él y puede
ser “vidente” de los asesinatos e
intentos de asesinato que se dan en el pueblo, estas “visiones” por momentos hacen dudar de la cordura de éste niño,
pero es este mismo toque de irrealidad lo que le da suspenso a la obra
cinematográfica y mantiene la atención del espectador.
"PARA NOSOTROS YA NO HAY JUSTICIA, ME CONFORMO CON LA VENGANZA..."
Esas fueron las
palabras de Estela cuando la llevaban hacia el calabozo con las esposas
sujetando sus manos que acababan de cometer un crimen, y en el alma el dolor de
haber perdido a su pequeño hijo Mateo, cuyo cuerpo minutos antes yacía muerto
entre sus brazos.
Esa es la escena
que describe de una manera explícita la condición de la víctima infractora
según la clasificación victimal de Benjamín Mendelsohn, éste tipo de víctima
comete un delito y al analizar las características del hecho se puede concluir
que el ejecutor es en realidad la víctima; como podemos ver claramente en los
casos de homicidio en legítima defensa, por ejemplo, la persona que llega a su
casa y dentro de ésta encuentra a un ladrón, el delincuente al verse
descubierto se lanza sobre la persona con un arma y el dueño de la casa le da
un golpe mortal al luchar.
Mendelsohn[1]
expresa que es de suma importancia analizar además de los elementos que conforman
al delito –objetivos, subjetivos y
normativos-, así como los perfiles tanto victimológico como criminológico que
vinculan al hecho criminal, ya que no existiría uno sin el otro.
La problemática
social en Argentina en la primera década del siglo XX estuvo ligada
directamente con el proceso de inmigración europea –por guerras o crisis económicas y políticas-, puesto que
necesitaba de estos inmigrantes para poblar grandes extensiones de tierra
deshabitada, pero sobre todo, para avanzar hacia la modernidad y así poder
elevar la cultura nacional a través de la implementación de los valores del
trabajo.
En ésta época, a la
existencia de las clases terrateniente y campesina se le sumó la clase media
conformada por inmigrantes y sus hijos, dedicados especialmente al comercio,
conformándose así la clase obrera, lo cual nos presenta una semblanza de una
población altamente heterogénea con intereses, cultura e idioma diversos.
El reconocimiento de la existencia de factores
victimógenos en grupos en condiciones de vulnerabilidad motivó un interés
creciente por los derechos de las víctimas del delito; pero el análisis sólo se
amplió hasta que fue posible observar la vulnerabilidad de las víctimas del
delito frente a los propios sistemas de justicia penal y de los imputados
frente a las instancias de la justicia penal.
[1] Benjamin Mendelsohn fue pionero en 1946, en utilizar la
palabra Victimología y en señalar la necesidad de un estudio científico de la
víctima del delito (MARCHIORI, Hilda, “Criminología,
la víctima del delito”, México, 2009, 15).
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